Cuando contratamos a una empleada de hogar, siempre hemos de dar de alta a esta persona para formalizar la relación laboral entre ambas partes, independientemente del número de horas y días que vaya a trabajar en nuestra vivienda, de las labores domésticas a realizar y del tipo de contrato.
Esta es una responsabilidad y obligación que corresponde al empleador a efectos de comunicación a la Seguridad Social y que, en caso de no tramitarla, puede conllevar sanciones con multas elevadas, además de tener que pagar las cuotas anteriores no abonadas durante todo el tiempo de trabajo del personal sin contrato.
Dar de alta a una empleada de hogar a través de Import@ss
En la actualidad, dar de alta a una persona en el Sistema Especial de Empleo de Hogar es una tarea bastante sencilla de llevar a cabo a través del nuevo portal de la Tesorería General de la Seguridad Social, Import@ss, accediendo con cualquier móvil u ordenador con conexión a internet, y de este modo evitar la incomodidad y pérdida de tiempo para realizar los mismos trámites o gestiones de forma presencial en una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Además, Import@ss facilita todos los pasos, e incluso informa durante el proceso del número de la Seguridad Social del trabajador o el Código de Cuenta de Cotización del empleador si no se dispone de ellos, algo que antes era imprescindible u obligaba a realizar trámites adicionales previos al alta.
Al entrar en el portal, en primer lugar, el empleador deberá de identificarse con uno de estos 3 métodos para acceder a su área personal:
- Certificado electrónico
- Cl@ve
- Vía SMS
A continuación, para tramitar un alta nueva, se deberán de cumplimentar estos 8 apartados con la siguiente información solicitada:
- Datos del trabajador: Tipo y número de documento identificativo (DNI o NIE) y fecha de nacimiento.
- Datos de empleador: En este punto es importante informar si el trabajador o trabajadora va a estar al cuidado de una familia numerosa, ya que se puede acceder a una bonificación.
- Duración del contrato: Es necesario indicar la fecha de inicio de la actividad y el tipo de contrato (indefinido o de duración determinada).
- Jornada y salario: Señalar si el contrato es a jornada completa o por horas, el número de horas de trabajo semanales o mensuales, el salario acordado, si las pagas extras están incluidas, si existen otros importes como remuneración en especie, etc. Tras informar de todos estos datos, a continuación el sistema muestra la cuota mensual a pagar por parte del empleador.
- Domicilio, donde se va a desempeñar el trabajo.
- Entidad aseguradora: Seleccionar una de las opciones de entidad aseguradora, bien el INSS o una Mutua colaboradora.
- Datos de contacto: Datos de contacto del empleador.
- Domiciliación bancaria: Cuenta en la que se cargará la cuota mensual correspondiente.
Tras confirmar si los datos son correctos, el empleador deberá dar su conformidad y seguidamente podrá firmar la solicitud de alta y descargarse el comprobante correspondiente.
Además del alta, Import@ss permite realizar variaciones de datos en el tipo de contrato por nuevas condiciones o tramitar bajas dentro de los 3 días naturales siguientes a la finalización de la relación laboral.
Si la persona interesada no tiene ninguno de los 3 métodos de identificación mencionados anteriormente, también dispone de la opción de utilizar el servicio de envío de solicitudes del portal sin necesidad de esa identificación previa, en el que incluso, al entrar en la página web se puede hacer uso de un asistente virtual que ayuda con todos los pasos a seguir.
En este caso, para presentar la solicitud y tramitar el alta se deberá de cumplimentar lo siguiente:
- Datos del empleador: datos personales, dirección domicilio, Código de Cuenta de Cotización (CCC) datos bancarios para la domiciliación de las cuotas y adjuntar copia del documento de identidad.
- Datos de la empleada de hogar: datos personales, adjuntar copia del DNI o NIE, y número de la Seguridad Social (NUSS), es decir, toda la documentación legal imprescindible para que, si la persona es extranjera, disponga de la autorización para residir y trabajar en España.
- Datos de la relación laboral (número de horas trabajadas, remuneración mensual, fecha de comienzo, si existen retribuciones en especie, etc,)
- El contrato de trabajo (se tiene la opción para descargar el modelo), que siempre ha de formalizarse por escrito entre ambas partes.
- Acceso al formulario con el impreso de alta en la Seguridad Social.
Por último, a la hora de completar el proceso de alta de una empleada de hogar, es muy importante recordar que éste se debe tramitar siempre antes del inicio de la actividad laboral, con una antelación máxima de 60 días y es responsabilidad del empleador, al igual que el ingreso de las cuotas de cotización.
EMPLEA HOGAR es una agencia de servicio doméstico ubicada en Pozuelo de Alarcón, con una amplia experiencia en el sector y especializada en el asesoramiento, proceso de búsqueda y selección personalizado y la gestión integral continua, así como de cualquier otra ayuda para el hogar.
Nuestros valores diferenciales son ese trato directo y personal con nuestros clientes, profesionalidad, responsabilidad, implicación durante todo el proceso (antes, durante y después del mismo) y, lo más importante, la seguridad, garantía y confianza que siempre tratamos de aportar.
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