La Comunidad de Madrid mantendrá la rebaja del 60% en los abonos mensuales de transporte público

La Comunidad de Madrid mantendrá la rebaja del 60% en los abonos mensuales de transporte público

Por su parte, los usuarios de la tarjeta azul sólo pagarán 4,3 € mensuales. Se trata de un título dirigido a ciudadanos empadronados en la capital que cumplan determinadas características de edad o discapacidad, y con un límite de renta. Por último, los más de 64.300 niños de entre 4 y 6 años que emplean la TTP infantil continuarán viajando gratis por este servicio público especial.

La siguiente tabla detalla los precios mensuales del abono de transporte público que permanecerán en vigor a lo largo de 2023: 

 

 

TÍTULO   

 

Tarjeta Infantil

GRATUITA

Tercera edad 

GRATUITO

Joven 

8,00 € 

Normal zona A 

21,80 € 

Normal zona B1 

25,40 € 

Normal zona B2 

28,80 € 

Normal zona B3 – C1/C2 

32,80 € 

 

También se unificarán las tarifas del transporte público en dos únicas zonas -Madrid capital (A) y el resto de la región (B)-. Esta medida se podrá poner en marcha cuando entre en funcionamiento el nuevo mapa concesional, donde por primera vez se va a licitar de manera íntegra todo el sistema de concesiones de la red interurbana y urbana de transporte en autobús de la región.

Esta novedad supondrá un ahorro de hasta 180 euros para más de 3,6 millones de usuarios, como por ejemplo para los ciudadanos de municipios como El Atazar, Bustarviejo, Cercedilla o Colmenar de Oreja. Dicha simplificación tiene como objetivo que las actuales B1, B2, B3, C1 y C2 se conviertan en una única zona B con la tarifa actual de B1. En este caso, los principales beneficiados serán los de edades entre 26 a 64 años, con abonos que utilizan los diferentes modos de transporte público para desplazarse por toda nuestra Comunidad.

Por último, las personas con discapacidad de grado igual o superior al 65% viajarán gratis, mientras que la tarifa del billete sencillo de Metro de Madrid se mantendrá en 1,5 €, con independencia del número de estaciones que se recorran, frente a los 2 € que cuesta en la actualidad para viajes de más de 10 estaciones por trayecto.

 

EMPLEA HOGAR es una agencia de servicio doméstico ubicada en Pozuelo de Alarcón, con una amplia experiencia en el sector y especializada en el asesoramiento, proceso de búsqueda y selección personalizado y la gestión integral continua, así como de cualquier otra ayuda para el hogar.

Nuestros valores diferenciales son ese trato directo y personal con nuestros clientes, profesionalidad, responsabilidad, implicación durante todo el proceso (antes, durante y después del mismo) y, lo más importante, la seguridad, garantía y confianza que siempre tratamos de aportar a las familias.

Si necesitas una empleada para tu hogar, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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La Comunidad de Madrid aprueba nuevas ayudas directas para la contratación de empleadas de hogar

La Comunidad de Madrid aprueba nuevas ayudas directas para la contratación de empleadas de hogar

Por iniciativa de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, la Comunidad de Madrid ha aprobado en su última reunión del Consejo de Gobierno del Ejecutivo regional el destinar dos millones de euros a un nuevo programa de incentivos a la contratación de personas empleadas de hogar para el cuidado de hijos menores de 12 años o menores de 18 años con discapacidad, así como de otros familiares con discapacidad o dependientes a cargo y que convivan en el mismo domicilio, con el objetivo de facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar.

Esta medida consiste en ayudas directas de hasta 4.000 euros para sufragar los costes laborales de la persona o personas empleadas de hogar que hayan estado contratadas en el periodo subvencionable (el año anterior a la presentación de la solicitud).

De este modo, se abonará un importe equivalente a las cuotas de la Seguridad Social ingresadas por el empleador (con un incremento del 25%) en un porcentaje fijado en función de la renta per cápita familiar, que podrá llegar al 100% en el caso de familias monoparentales o aquellas con rentas inferiores a 20.000 euros.

Esta línea de ayudas estará dotada con dos millones de euros en 2023 que financiarán contrataciones que hayan sido realizadas durante el año 2022 y con un período mínimo de mantenimiento de la relación laboral y del alta en la Seguridad Social de 58 días naturales.

La persona contratada como empleada de hogar deberá desarrollar su trabajo en el domicilio del empleador, siempre situado en la Comunidad de Madrid. Con carácter general, el empleador deberá ejercer una actividad retribuida por cuenta propia o ajena con una jornada a tiempo completo durante el periodo subvencionable.

El programa aprobado entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), estableciéndose un plazo de solicitud desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril de cada ejercicio.

Para este año 2023, mediante disposición transitoria única, se establece un plazo de tres meses desde su publicación para las solicitudes relativas a personas empleadas de hogar que hayan estado contratadas en 2022 y cuando se cumplan los requisitos establecidos. La tramitación de estas ayudas se realizará a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, dónde se aportará toda la documentación requerida.

En EMPLEA HOGAR, somos muy conscientes de la importancia y tranquilidad para las familias de contar con un servicio profesional y de confianza. Como agencia de servicio doméstico ubicada en Pozuelo de Alarcón, ofrecemos una amplia experiencia en el sector, el asesoramiento, búsqueda y selección personalizada para cada cliente, así como una gestión integral continua de las necesidades del hogar.

Si estás buscando una empleada para tu hogar, no dudes en contactar con EMPLEA HOGAR. Estaremos encantados de ayudarte a encontrar a la persona más adecuada.

Cómo dar de alta a una empleada de hogar en la Seguridad Social

Cómo dar de alta a una empleada de hogar en la Seguridad Social

Cuando contratamos a una empleada de hogar, siempre hemos de dar de alta a esta persona para formalizar la relación laboral entre ambas partes, independientemente del número de horas y días que vaya a trabajar en nuestra vivienda, de las labores domésticas a realizar y del tipo de contrato. 

Esta es una responsabilidad y obligación que corresponde al empleador a efectos de comunicación a la Seguridad Social y que, en caso de no tramitarla, puede conllevar sanciones con multas elevadas, además de tener que pagar las cuotas anteriores no abonadas durante todo el tiempo de trabajo del personal sin contrato. 

 

Dar de alta a una empleada de hogar a través de Import@ss

En la actualidad, dar de alta a una persona en el Sistema Especial de Empleo de Hogar es una tarea bastante sencilla de llevar a cabo a través del nuevo portal de la Tesorería General de la Seguridad Social, Import@ss, accediendo con cualquier móvil u ordenador con conexión a internet, y de este modo evitar la incomodidad y pérdida de tiempo para realizar los mismos trámites o gestiones de forma presencial en una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Además, Import@ss facilita todos los pasos, e incluso informa durante el proceso del número de la Seguridad Social del trabajador o el Código de Cuenta de Cotización del empleador si no se dispone de ellos, algo que antes era imprescindible u obligaba a realizar trámites adicionales previos al alta.

Al entrar en el portal, en primer lugar, el empleador deberá de identificarse con uno de estos 3 métodos para acceder a su área personal:

  • Certificado electrónico
  • Cl@ve
  • Vía SMS

A continuación, para tramitar un alta nueva, se deberán de cumplimentar estos 8 apartados con la siguiente información solicitada:

  1. Datos del trabajador: Tipo y número de documento identificativo (DNI o NIE) y fecha de nacimiento.
  2. Datos de empleador: En este punto es importante informar si el trabajador o trabajadora va a estar al cuidado de una familia numerosa, ya que se puede acceder a una bonificación. 
  3. Duración del contrato: Es necesario indicar la fecha de inicio de la actividad y el tipo de contrato (indefinido o de duración determinada).
  4. Jornada y salario: Señalar si el contrato es a jornada completa o por horas, el número de horas de trabajo semanales o mensuales, el salario acordado, si las pagas extras están incluidas, si existen otros importes como remuneración en especie, etc. Tras informar de todos estos datos, a continuación el sistema muestra la cuota mensual a pagar por parte del empleador.  
  5. Domicilio, donde se va a desempeñar el trabajo.
  6. Entidad aseguradora: Seleccionar una de las opciones de entidad aseguradora, bien el INSS o una Mutua colaboradora.
  7. Datos de contacto: Datos de contacto del empleador.
  8. Domiciliación bancaria: Cuenta en la que se cargará la cuota mensual correspondiente.

Tras confirmar si los datos son correctos, el empleador deberá dar su conformidad y seguidamente podrá firmar la solicitud de alta y descargarse el comprobante correspondiente. 

Además del alta, Import@ss permite realizar variaciones de datos en el tipo de contrato por nuevas condiciones o tramitar bajas dentro de los 3 días naturales siguientes a la finalización de la relación laboral.

Si la persona interesada no tiene ninguno de los 3 métodos de identificación mencionados anteriormente, también dispone de la opción de utilizar el servicio de envío de solicitudes del portal sin necesidad de esa identificación previa, en el que incluso, al entrar en la página web se puede hacer uso de un asistente virtual que ayuda con todos los pasos a seguir.

En este caso, para presentar la solicitud y tramitar el alta se deberá de cumplimentar lo siguiente:

  • Datos del empleador: datos personales, dirección domicilio, Código de Cuenta de Cotización (CCC) datos bancarios para la domiciliación de las cuotas y adjuntar copia del documento de identidad.
  • Datos de la empleada de hogar: datos personales, adjuntar copia del DNI o NIE, y número de la Seguridad Social (NUSS), es decir, toda la documentación legal imprescindible para que, si la persona es extranjera, disponga de la autorización para residir y trabajar en España. 
  • Datos de la relación laboral (número de horas trabajadas, remuneración mensual, fecha de comienzo, si existen retribuciones en especie, etc,)
  • El contrato de trabajo (se tiene la opción para descargar el modelo), que siempre ha de formalizarse por escrito entre ambas partes.
  • Acceso al formulario con el impreso de alta en la Seguridad Social.

Por último, a la hora de completar el proceso de alta de una empleada de hogar, es muy importante recordar que éste se debe tramitar siempre antes del inicio de la actividad laboral, con una antelación máxima de 60 días y es responsabilidad del empleador, al igual que el ingreso de las cuotas de cotización.

EMPLEA HOGAR es una agencia de servicio doméstico ubicada en Pozuelo de Alarcón, con una amplia experiencia en el sector y especializada en el asesoramiento, proceso de búsqueda y selección personalizado y la gestión integral continua, así como de cualquier otra ayuda para el hogar.

Nuestros valores diferenciales son ese trato directo y personal con nuestros clientes, profesionalidad, responsabilidad, implicación durante todo el proceso (antes, durante y después del mismo) y, lo más importante, la seguridad, garantía y confianza que siempre tratamos de aportar.

Si necesitas una empleada para tu hogar, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. 

Cómo limpiar y desinfectar tu cuarto de baño

Cómo limpiar y desinfectar tu cuarto de baño

Desagües y moho

Por ejemplo, los desagües de duchas, bañeras y lavabos se han de desatascar con cierta regularidad para disolver y hacer desaparecer la cal del agua, los pelos acumulados y la suciedad en general, y una buena solución es la de echar una mezcla de vinagre y bicarbonato con agua hirviendo o muy caliente. 

El moho que puede salir por acumulación de humedad en paredes, juntas, cortinas de ducha y en el sellado de silicona de las mamparas (y que es más habitual cuando en el cuarto de baño no hay ventilación natural) se puede eliminar con agua y algún producto limpiador específico. Por el contrario, se desaconseja utilizar la lejía por su elevada toxicidad y ser peligrosa para la salud, aunque sea también muy eficaz en cualquier limpieza y desinfección a fondo. 

Otros elementos

En el caso de armarios, cajones, estanterías, etc, tras vaciarlas, se pueden limpiar simplemente con un paño húmedo con agua y un poco de jabón, y posteriormente pasar otro paño solo con agua. 

La escobilla de WC y su vaso correspondiente es imprescindible desinfectarlos y lavarlos muy bien con mucha frecuencia y, sobre todo, renovar dichas escobillas cada cierto tiempo, porque son un cúmulo enorme de gérmenes y suciedad, y potenciales transmisores de infecciones, sobre todo en hogares con niños pequeños, que tocan todo lo que esté al alcance de sus manos.

 

En Emplea Hogar trabajamos cada día con el objetivo de facilitarte soluciones de calidad para tus necesidades domésticas. Si buscas una empleada de hogar en Madrid o requieres ayuda en servicios de limpieza y cuidado de tu hogar, no dudes en contactarnos. 

Tratamos de ofrecer siempre un servicio y atención lo más personalizado posible y adaptado a tus necesidades. Contáctanos a través de nuestro formulario en línea, llamando al número de teléfono 620 986 382 o escribiéndonos al correo electrónico info@empleahogar.com.

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Principales novedades para las empleadas de hogar en 2023

Principales novedades para las empleadas de hogar en 2023

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Nuevas bases de cotización para empleadas de hogar (marzo de 2023)

Nuevas bases de cotización para empleadas de hogar (marzo de 2023)

Reducción y bonificaciones en las aportaciones del empleador

Sigue siendo aplicable una reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en este sistema especial. Serán beneficiarias de dicha reducción las personas que tengan contratada o contraten, bajo cualquier modalidad contractual, y hayan dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, a una empleada o empleado del hogar.

Asimismo, tendrán una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial en ese sistema especial.

Se aplicará una bonificación del 45% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en este sistema especial, en el caso de familias numerosas que hayan contratado a un empleado de hogar hasta el 31 de marzo de 2023. 

Este beneficio no se sumará al descuento general del 20%, pero sí a las deducciones del 80% en la cotización por desempleo y FOGASA.

Las bonificaciones por la contratación de empleados del hogar en familias numerosas que se estuvieran aplicando el 1 de abril de 2023 mantendrán su vigencia hasta la fecha de efectos de la baja de los cuidadores que den derecho a las mismas en el Régimen General de la Seguridad Social.

 

Base de cotización en empleadas de hogar

Como breve explicación, la base de cotización en empleadas de hogar es la que establece la cotización del empleado/a a la Seguridad Social, sobre la que se calcula su 4,70%. Esta base está directamente relacionada con el salario (y lógicamente con el número de horas trabajadas), pero no coincide exactamente, sino que se calcula por tramos salariales, y es el importe que sirve también de referencia para calcular y pagar prestaciones de diferente naturaleza, como maternidad, incapacidad temporal, jubilación, …, y, muy importante, la recientemente aprobada y con entrada en vigor desde el 1 de octubre de 2022, prestación por desempleo

Los empleadores o familias frecuentemente se hacen cargo de este importe de la empleada y no se lo descuentan de la nómina mensual (por norma, el empleador paga todo el importe a la Seguridad Social y a su vez se lo descuenta a la empleada), acuerdo al que pueden llegar ambas partes de forma privada, bien para ofrecer un salario de mercado más competitivo (algo muy habitual por ejemplo con internas al cuidado de niños pequeños, que siempre es un perfil de trabajo muy demandado), o si se está satisfecho con ella, para tratar de fidelizarla y conseguir una mayor estabilidad laboral.

Por último, recordar que las cuotas se cargan siempre al mes siguiente de haber prestado el servicio, y no en el mes en curso. Es decir, si el empleado ha comenzado a trabajar en enero, la cuota correspondiente se cargará en el mes de febrero.

Somos Emplea Hogar, una agencia especializada en servicios domésticos. Nuestro objetivo es facilitar el contacto entre empleados y empleadores para satisfacer las necesidades de cada hogar y de las familias. Si necesitas ayuda en este tipo de servicios o buscas una empleada de hogar en Madrid, no dudes en contactar con nosotros a través del formulario en la web, el número de teléfono 620 986 382 o el correo electrónico info@empleahogar.com. Estamos aquí para resolver cualquier pregunta o consulta que puedas tener.

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